Motivos de Rechazo de Permisos
Motivos de rechazo de permisos de construcción
CAPITULO III, ARTICULO 36 DEL PLAN REGULADOR URBANO-RURAL DEL CANTON DE GRECIA
CAPITULO I, ARTICULO 10 REGLAMENTO PARA ELOTORGAMIENTO DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓNDEL CANTON DE GRECIA
El DCU no autorizará obras de construcción, ampliación, remodelación, obras menores y visados de planos catastrados, en los siguientes casos:
- Cuando no se cumplan la Ley de Construcciones y su Reglamento, y el Plan Regulador Urbano-Rural del Cantón de Grecia, o por razones de uso, ubicación, retiros, coberturas y demás condiciones que establezca el Reglamento de Zonificación de este cantón, como las normas urbanísticas existentes.
- Por el incumplimiento de los requisitos para la Solicitud del Permiso de Construcciones.
- Si el inmueble en el cual se pretende construir la obra, se ha originado en un fraccionamiento ilegal.
- Cuando se pretende habilitar un fondo sin requisitos mínimos para ser urbanizados o faltos de acceso a una vía pública.
- Si el lote o fraccionamiento tiene cabida o dimensiones menores a las mínimas establecidas en los reglamentos de construcción, Plan Regulador Urbano-Rural del Cantón de Grecia y los de planificación urbana vigentes.
- Cuando se contravengan las limitaciones impuestas por reserva a uso público o declaratoria formal de inhabilitación del área por razones de renovación urbana, protección a inundaciones, derrumbes y otros peligros existentes.
- Cuando el fraccionamiento violente el artículo 48 de la Ley de Planificación Urbana.
- Cuando el DCU niegue el Permiso de Uso de la Tierra.
- Cuando se pretenda construir en área de uso público, que implique otorgamiento de permiso, derechos de ocupación, disfrute, uso o simple posesión de un derecho de vía de los caminos o vías que produzcan derechos, según lo establece el artículo 28 de la Ley de Caminos Públicos y normas conexas.
- Cuando se pretenda construir cerca de una pared medianera,
pozos, cloacas, acueductos, hornos, fraguas, chimeneas, establos, depósitos de materiales corrosivos, máquinas y otros usos que puedan ser peligrosos o nocivos, sin guardar una distancia mínimo de tres metros de dicha pared. - Se tengan reservas en cuanto a la garantía de que el proyecto pueda producir impactos ambientales y sociales.
Adicionalmente
- Cuando no guarden conformidad por razones de uso, ubicación, retiros, coberturas y demás condiciones de zonificación si existieren.
- Si el predio de la edificación se ha originado en fraccionamiento sin el visado municipal que ordena la ley.
- Siempre que se trate de usar fundos sin requisitos de urbanización o faltos de acceso adecuado a la vía pública.
- Si el lote o fracción de éste, tiene cabida o dimensiones menores a los mínimos establecidos de acuerdo a la zonificación o al plan regulador del cantón.
- En tanto lo vede alguna limitación impuesta por reserva de uso público o declaratoria formal de inhabilitabilidad del área, motivada en renovación urbana o protección contra inundaciones, derrumbes y otros peligros evidentes.
- En los demás casos que indican las leyes y reglamentos que rigen en esta materia.
- En los predios en que no existan servicios básicos de agua o electricidad, en cuyo caso, el interesado debe demostrar la forma en que solventará esta deficiencia.
27 de marzo del 2019 - 01:47 pm, Admin