Licencias de Licores

Para el trámite de solicitud de Licencia de Licores en el Cantón de Grecia, es necesario presentar el formulario adjunto en Plataforma de Servicios de la Municipalidad,   dicho formulario debe ser completado y firmado por el solicitante de la licencia. Además debe adjuntar los requisitos que se indican:
 
Requisitos:
  1. El solicitante debe encontrarse al día con el pago de los tributos y obligaciones municipales, la municipalidad realizará la consulta de dicha situación tributaria e incluirá la misma al expediente. Según el Artículo N° 6 inciso f), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  2. El solicitante no debe poseer deudas con la CCSS y FODESAF. Se estará exento de aportar el documento aquí mencionado, únicamente cuando la información esté disponible de forma remota por parte de la municipalidad y esta, se acreditará al expediente. en caso de ser extranjero el solicitante, debe aportar el número de asegurado. Según el Artículo N° 6 inciso g) del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  3. La municipalidad realizará la consulta del estudio literal del Registro de la Propiedad donde se ubicará la licencia, de forma remota. Cuando por razones de caso fortuito o fuerza mayor no sea posible realizar dicha consulta, el solicitante. Deberá aportar el informe (certificación) literal del Registro Nacional o su equivalente emitido por notario público, el cual deberá acreditarse al expediente. Según el Artículo N° 6 inciso d), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  4. Para las solicitudes de licencias clase c (restaurante), d (minisúper y supermercado) y e (turísticas), debe contar previamente con la licencia comercial aprobada para la actividad a desarrollar. En las solicitudes de licencias clase a (licorera) y b (bares, salones, etc.), la licencia comercial se solicita junto con la licencia de licores, Según el Artículo N° 6 inciso a), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  5. Constancia de estar al día con la Póliza de riesgos del trabajo, extendida por el Instituto Nacional de Seguros (INS), o en su defecto, la respectiva exoneración, para la actividad a desarrollar. El solicitante estará exento de aportar el documento aquí mencionado, únicamente cuando la información esté disponible de forma remota por parte de la municipalidad y esta se acreditará al expediente. Según el Artículo N° 6 inciso h), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  6. El solicitante debe presentar cédula de identidad vigente, en caso de ser persona jurídica debe aportar personería jurídica, con no más de 30 días naturales de emitida. De tratarse de extranjero, cédula de residencia o pasaporte vigentes. Si esté requisito ya fue aportado para el trámite de licencia comercial y al momento de la solicitud de la licencia de licores se encuentra vigente no debe presentarse. Según el Artículo N° 6 inciso b), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  7. En el caso de que el solicitante sea persona jurídica, aportar declaración jurada efectuada ante notario público, respecto a la composición de su capital accionario, con referencia expresa de los propietarios de las acciones, sus calidades y el porcentaje de acciones que posean. Según el Artículo N° 6 inciso c), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  8. En caso de que el solicitante no sea el propietario del inmueble donde se desarrollará la actividad, deberá presentar contrato de arrendamiento o alquiler que demuestre la libre disposición del local o establecimiento comercial. No requiere ser autenticado por notario público. Según el Artículo N° 6 inciso e), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico.
  9. Presentar original y copia del permiso sanitario de funcionamiento vigente para la actividad solicitada, extendido por el Área de Salud del Ministerio de Salud, del local donde se expenderán las bebidas. Si este requisito ya fue aportado para el trámite de licencia comercial y al momento de la solicitud de la licencia de licores se encuentra vigente no debe presentarse. Según el Artículo N° 6 inciso i), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).
  10. En las solicitudes de licencia clase E, copia certificada de la declaratoria de interés turístico vigente, emitida por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), Según el Artículo N° 6 inciso j), del Reglamento de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico).

Publicado en Catalogo Nacional de Trámites  https://tramitescr.meic.go.cr/tramite/6048

08 de setiembre del 2022 - 09:35 am, Admin

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